REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 3305-09
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: WENDY JOHANDRA SANDOVAL MIERES.
DEMANDADO: JOSE LUIS MIRANDA FERRER.

En el día de hoy, Dieciocho (18) de junio de 2009, presentes de manera voluntaria, renunciando a los lapsos respectivos de la boleta de citación en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos WENDY JOHANDRA SANDOVAL MIERES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.546.142 y JOSE LUIS MIRANDA FERRER, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.038.956, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano: JOSE LUIS MIRANDA FERRER, quien manifestó: Que otorgare una obligación de manutención en la cantidad de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150ºº), que depositare en la cuenta que solicito al Tribunal su apertura en la entidad Bancaria Banfoandes y en cuanto a los gastos para los meses de agosto de la temporada escolar y de diciembre me comprometo a cubrir los correspondientes a una de mis hijas”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana WENDY JOHANDRA SANDOVAL MIERES, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hijo y me comprometo a cubrir los gastos de la temporada escolar y de diciembre de una de nuestras hijas”. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gasto de medicina y medico deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. Es todo. En este estado el Tribunal acuerda librar comunicación a la entidad Bancaria Banfoandes a los fines de la apertura de la cuenta de ahorros respectiva. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de julio de 2009. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JOSE LUIS MIRANDA FERRER

WENDY JOHANDRA SANDOVAL MIERES

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ