JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, cuatro de junio de dos mil nueve.-
199º y 150º
Recibido por distribución, constante todo de nueve (09) folios útiles, escrito presentado por la ciudadana MARTHA LEONOR ANDRADE FLOREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.185.678, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 26.127, de este domicilio y hábil, actuando en este acto como Apoderada Judicial del ciudadano RUBÉN DARÍO CHAVES ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad No. V-19.517.426, según poder autenticado en la Notaría Pública Primera del Estado Barinas, inserto bajo el No. 18, tomo 44, de fecha 19/02/2009. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por evidenciarse que el presente caso se refiere a un de error material consistente en errónea trascripción de apellido del padre. Con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA PROCEDENTE, el pedimento formulado por el ciudadano RUBÉN DARÍO CHAVES ZAMBRANO, ya identificado, y revisada como ha sido la documentación presentada, considera, que aparece erróneamente escrito en la Partida de Nacimiento el apellido del padre del solicitante al escribírsele como “CHAVES” siendo lo correcto “CHAVEZ”. Por lo anterior, se DECLARA procedente la rectificación de la PARTIDA DE NACIMIENTO en el sentido de estampar la nota marginal correspondiente que indique lo expresado anteriormente. Y ASÍ SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y Registro Principal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la nota marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 208, de fecha 03 de julio de 1989, inserta por ante la Prefectura del Municipio San Sebastián, Distrito San Cristóbal, hoy Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano RUBÉN DARÍO CHAVES ZAMBRANO, lo aquí indicado. Líbrese oficios junto con copias certificadas de la presente decisión y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,

Abg. Nayreth Guevara
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 5896 del libro respectivo y se dejó copia para e archivo bajo el N° 202 se libró oficio No. 562 y 563

Emily.-