JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cinco (05) de junio de dos mil nueve.-
199º y 150º
Recibido por distribución constante de UN (01) folio útil y SIETE (07) folios útiles los recaudos. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por el ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEJIA CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.9.147.836, de este domicilio, asistido por el abogado JORGE ENRIQUE GONZALEZ CAMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.282.352, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 79.240, de este domicilio; este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEJIA CASTELLANOS, ya identificado y revisada como ha sido la documentación presentada esto es, copia simple debidamente confrontada con su original, hallada conforme y devuelta a su presentante de la cédula de identidad No.9.147.836, del solicitante JOSÉ ALEJANDRO MEJIA CASTELLANOS; Copia Mecanografiada de Partida de Nacimiento No.473 del año 1.966, perteneciente a JOSÉ ALEJANDRO, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, el 25 de febrero de 2.009; Copia certificada de Acta de Nacimiento No.473 del año 1966, perteneciente a JOSÉ ALEJANDRO, expedida por el Registro Civil Principal del Estado Táchira, el 30 de octubre de 2.008; considera que erróneamente en el Libro de Registro Civil de nacimientos llevado por el Registro Principal del Estado Táchira, aparece el nombre de su progenitora como “ELVIRA CASTELLANO” siendo lo correcto “ELVIRA CASTELLANOS”; y así se decide.-
En consecuencia ofíciese al Registro Civil Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la nota marginal al Acta de Nacimiento Nº 473, del año 1.966, perteneciente al ciudadano JOSÉ ALEJANDRO MEJIA CASTELLANOS. Expídase las copias certificadas.-


Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se Inventarió el presente expediente bajo el No.11.756-09; así mismo se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 936 siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal. Y se libró el oficio No. 3190-462 al Registro Civil Principal del Estado Táchira, en cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
El Secretario
Deisy F.
Expediente N° 11756-09.