JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de junio de dos mil nueve.-
199º y 150º
Recibido por distribución constante de CUATRO (04) folios útiles y VEINTIOCHO (28) folios útiles los recaudos. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por el ciudadano JOSÉ ALEJANDER RAMIREZ ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.8.080.074, de este domicilio, asistido por la abogada DHORYS LEON ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.429.341, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 28.148, de este domicilio; este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano JOSÉ ALEXANDER RAMIREZ ANDRADE, ya identificado y revisada como ha sido la documentación presentada esto es: Copia Mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 298 del año 1.962, perteneciente a JOSÉ ALIXANDER, expedida por el Registro Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira, el 13 de agosto de 2.007; copia simple debidamente confrontada por secretaría con su original, hallada conforme y devuelta a su presentante de la cédula de identidad No.8.080.074, del solicitante JOSÉ ALEXANDER RAMIREZ ANDRADE y Carnet del Colegio de Ingenieros de Venezuela, perteneciente al prenombrado ciudadano; copia simple debidamente confrontada por secretaría con su original, hallada conforme y devuelta a su presentante de Registro de Información Fiscal (RIF) del solicitante; Constancias de haber cursado el 1°, 2°, 3° año de Bachillerato y 1° y 2° de Ciencias del Ciclo Diversificado de fechas 7 y 14 de junio de 1.979 en su orden, expedidas por el Director del Liceo Francisco de Borja y Mora que funciona según se desprende de ellas, en la ciudad de Pregonero Distrito Uribante del Estado Táchira; Planilla de Solicitud de Inscripción Ciclo Básico No.20922 de la Universidad de los Andes, de fecha 10-12-79; Comprobante de pago de aranceles de inscripción de fehca 03-07-81, emanado de la Universidad de los Andes; Copia simple de Acta de Matrimonio No.139 del año 1.985, expedida el 04 de agosto de 1.989, por la prefectura Civil de la Parroquia El Llano Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida; Copia al Carbón de Circular No.425 de fecha 15 de Julio de 1.985, emanada de la Comisión de Becas y Ayudas del Estado Táchira; Copia al Carbón de Planilla de retiro de Ahorros No.307709 de fecha 12-05-88, del Banco de Fomento Regional Los Andes C.A.; Certificado Médico No.006989 de fecha 15 de Agosto de 1.985, expedido por el Colegio de Médicos del Estado Táchira; Copia Mecanografiada de Partida de Nacimiento No.1.752 del año 1.985, expedida el 19 de Enero de 2.009, por el Registro Civil de la Parroquia El Llano Municipio Libertador del Estado Mérida; Estado de cuenta del mes 10 de 1.990, expedida por el Banco de Lara C.A.; Recibo No.16.227, de fecha 20-04-1990, emitido por el Colegio de Ingenieros del Estado Mérida; Ficha de Inscripción de fecha 10-07-1.991, emanada del Colegio Serafico Nuestra Señora de Belén del Estado Mérida; Recibo No.16.655, contentivo de Orden de Pago No.1.603, de fecha 15 de junio de 1.985, emanada de la Tesorería General del Estado Táchira; Certificado de Solvencia No.7425 de fecha 01-06-92, emanado del Colegio de Ingenieros del Estado Táchira; Copia simple de Partida de Nacimiento No.2035 del año 2.000, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, el 20 de junio de 2.006; Copia simple de partida de Nacimiento No.1331 del año 1.995, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Oficio No. IM-24 de fecha 09 de enero de 1.992, proveniente de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal; Constancia de revisión de Libros de fecha 22 de abril de 1.994, expedida por el Registro Subalterno del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; Oficio No. GDA 93107 de fecha 11 de mayo de 1.993, expedido por la Corporación Venezolana del Suroeste (C.V.S.); Copia simple de documento constitutivo de la empresa “Construcciones y Proyectos Uribante Compañía Anónima”, de fecha 10 de marzo de 1.995, expedida por el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; considera que erróneamente tanto en el Libro de Registro Civil de nacimientos llevado por el Registro Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira, como en el Libro de Registro Civil de nacimientos llevado por el Registro Principal del Estado Táchira, aparece el nombre del solicitante como “JOSÉ ALIXANDER RAMIREZ ANDRADE” siendo lo correcto “JOSÉ ALEXANDER RAMIREZ ANDRADE”; y así se decide.-
En consecuencia ofíciese al Registro Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la nota marginal al Acta de Nacimiento Nº 298, del año 1.962, perteneciente al ciudadano JOSÉ ALEXANDER RAMIREZ ANDRADE. Expídase las copias certificadas.-
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se Inventarió el presente expediente bajo el No.11.773-09; así mismo se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 946 siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal. Y se libraron los oficios No. 3190-493 al Registro Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira, y No. 3190-494, al Registro Civil Principal del estado Táchira, en cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
El Secretario
Deisy F.
Expediente N° 11773-09.
|