REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SALA DE JUICIO Nª 03-San Cristóbal, 19 de junio de 2009.-
199° y 150°
Revisado como ha sido el presente expediente, y visto las resultas de la Comisión de Citación al ciudadano PEDRO ELIAS PÉREZ, emanada del Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad, de fecha 27 de mayo de 2009, mediante la cual se observa que la misma fue debidamente cumplida, y a la presente fecha el prenombrado ciudadano no ha comparecido a manifestar su conformidad a lo solicitado por su cónyuge, ciudadana DORIS RAQUEL CAMPOS ALVIAREZ En consecuencia, esta Juez Unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 185-A del Código Civil, , DECLARA TERMINADA LA PRESENTE CAUSA, y ordena el archivo del expediente.- Cúmplase.-
ABG. HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ
JUEZA UNIPERSONAL Nª 3
ABG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado en autos y se archivó el expediente.-
El Secretario,
EXP. N° 61.870
Dmb.-