GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veinticinco de Junio de dos mil nueve.-
199° y 150°

De la revisión efectuada al presente expediente esta Juzgadora observa:
Que en fecha 28 de Noviembre del año 2005, presentó escrito el ciudadano HERMENEGILDO BADILLO GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-8.985.802, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil “INVERSORA ALBASAN C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 15 de Septiembre de 1.995, bajo el N° 63, Tomo 33-A, con última modificación en sus estatutos Sociales acorde a Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 15 de Julio de 2.0025, registrada por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 11 de Diciembre de 2.002 bajo el N° 17, Tomo 13-A, en su condición de Presidente de la referida empresa, debidamente asistido por el abogado JOSÉ GREGORIO MORENO ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.648.578, INSCRITO EN EL Inpreabogado bajo el N° 34.000, contentivo de la demanda incoada en contra de la ciudadana MARIA ANASTASIA CÁRDENAS DE SANTOS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-1.570.905, domiciliada en San Antonio, Estado Táchira, y a los HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CIUDADANO ABEL SANTOS STELLA, por SIMULACIÓN DE CONTRATO.
En fecha 17 de Enero del año 2006, este Tribunal le dio entrada a la anterior demanda y la tramitó por la vía del procedimiento ordinario; y de conformidad con lo previsto en el articulo 231 del Código de Procedimiento Civil, y a los fines de comprobar que son desconocidos los herederos del ciudadano ABEL SANTOS STELLA, se insto a la parte a que consigne la correspondiente Acta de Defunción del fallecido ABEL SANTOS STELLA.
En fecha 16 de Marzo del año 2006, el ciudadano HERMENEGILDO BADILLO GUTÉRREZ, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSORA ALBASAN C.A., asistido por el abogado JOSE GREGORIO MORENO ARIAS, consignan Acta de Defunción, dando cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal en auto de admisión de la demanda.
En fecha 16 de Marzo del año 2006, el ciudadano HERMENEGILDO BADILLO GUTÉRREZ, actuando en su propio nombre y en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSORA ALBASAN C.A., le confiere Poder Apud Acta al abogado JOSÉ GREGORIO MORENO ARIAS.
En fecha 23 de Marzo del año 2006, el abogado JOSÉ GREGORIO MORENO ARIAS, actuando con el carácter acreditado en autos, solicita al Tribunal que se orden la citación de la parte demandada.
En fecha 05 de Abril del año 2006, el abogado JOSÉ GREGORIO MORENO ARIAS, actuando con el carácter acreditado en autos ratifica en todas y cada una de sus partes la solicitud realizada anteriormente y así mismo solicita se proceda a emitir pronunciamiento sobre la medida preventiva solicitada en el libelo de la demanda.
En fecha 08 de Junio del año 2006, este Tribunal ordeno la citación de los ciudadanos MARIA ANASTACIA CÁRDENAS DE SANTOS, en su condición de cónyuge y de los ciudadanos MIREYA SANTOS MATUTE, LIGIA SANTOS MATUTE y FREDDY ABEL SANTOS MATUTE, en su condición de hijos de cujus, así mismo ordeno la citación de los Herederos Desconocidos de los ciudadanos ABEL ORESTES MACARIO SANTOS y SERGIO SANTOS MATUTE.
En fecha 19 de Junio de 2006, el abogado JOSE GREGORIO MORENO ARIAS, actuando con el carácter acreditado en autos, informo al Tribunal que le entrego al alguacil de este despacho los medios económicos requeridos para la elaboración de las compulsas para la citación de los herederos del de cujus, así mismo señalo la dirección del domicilio de estos y solicito se comisionara al Juzgado correspondiente para la practica de la citación; solicito se procediera a la elaboración del correspondiente Edicto para realizar la publicación de Ley, ordenado por este Tribunal en auto de fecha 02 de Junio de 2006; solicito también se pronunciara sobre la medida cautelar, solicitada en el libelo de la demanda.
En fecha 17 de Julio del año 2006, este Tribunal dicto auto complementario del auto de fecha 08 de Junio del 2006, y le concedió un (i) día mas como termino de distancia a los herederos conocidos del de cujus, domiciliados en San Antonio, Estado Táchira, así mismo comisiono para la practica de la citación de los mismos al Juzgado del Municipio Bolívar de esta Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para lo cual se ordeno Librar las respectivas compulsas, una vez la parte aportara los respectivos fotostatos.
En fecha 17 de Julio del año 2006, se libro el Edicto ordenado en auto de fecha 08 de Junio de 2006.
En fecha 17 de Julio del año 2006, este Tribunal decreto medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble descrito en el libelo de la demanda, y ordeno oficiar lo conducente al Registrador Inmobiliario del Municipio Bolívar del Estado Táchira. En la misma fecha se hizo lo ordenado.
En fecha 25 de Julio del año 2006, se expidió las respectivas copias certificadas del libelo y se remitieron al Juzgado comisionado con oficio N° 0860-1109.
En fecha 11 de Mayo del año 2007, se agrego la comisión correspondiente a la citación de los MARÍA ANASTASIA CÁRDENAS DE SANTOS, MIREYA SANTOS MATUTE, LIGIA SANTOS MATUTE Y FREDDY ABEL SANTOS MATUTE, la cual fue devuelta en el estado en que se encontraba, por el Juzgado del Municipio Bolívar de esta Circunscripción Judicial, por falta de impulso procesal.
En fecha 25 de Octubre del año 2007, el ciudadano ANIBAL BADILLO GUTIERREZ, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSORA ALBASAN C.A., según consta en Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 06 de Septiembre del 2006, asistido por el abogado ARNOLFO GRANADOS GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2349, solicito la entrega del cartel de citación de los demandados en autos.
En fecha 25 de Octubre del año 2007, el ciudadano ANIBAL BADILLO GUTIERREZ, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSORA ALBASAN C.A., otorgo Poder Apud Acta, al abogado ARNOLFO GRANADOS GARCIA.
En fecha 25 de Octubre del año 2007, el ciudadano ANIBAL BADILLO GUTIERREZ, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSORA ALBASAN C.A. revoco y solicito dejar sin efecto el poder otorgado al abogado JOSE GREGORIO MORENO ARIAS, el cual fue otorgado por el anterior presidente ciudadano HERMENEGILDO BADILLO GUTIERREZ.

El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil establece:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes….”
En el caso de autos se evidencia, que desde el 25 de Octubre del 2007; fecha esta de la última actuación de la parte actora, no se ha realizado actuación alguna que haga ver interés en el juicio y habiendo transcurrido mas de un año sin que la parte demandante impulse el presente procedimiento, lo que procede es declarar la perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.
En consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la perención de la instancia y en consecuencia EXTINGUIDO el presente proceso.-

Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y archívese el expediente.



REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA.

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 11:00 de la mañana, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se archivó el expediente.



IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA


Elena