REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN LOS ANDES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
199° Y 150

San Cristóbal, 29 de Junio de 2009.

Revisado como ha sido el expediente, y por cuanto se observa que aun cuando la representación fiscal consignó el expediente administrativo, no consta la Providencia Administrativa N° GRTI/RLA/4265 de fecha 19/06/2007, y la Resolución de Imposición de Sanción N° GRTI/RLA/DF/4265/2007-00615 de fecha 02/07/2007, así mismo, se desprende que el recurrente no consignó los tickets emitidos por la máquina fiscal del reporte “Z”, ni la relación de los libros de compras y de ventas del periodo verificado 01/05/2007 al 31/05/2007, el cual es de capital importancia a los efectos de resolver la controversia en la presente causa y ante este hecho el juez como director del proceso de conformidad con el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, y en aras de garantizar la celeridad procesal indispensable como manifestación del debido proceso, de conformidad con el artículo 276 del Código Orgánico Tributario, en consecuencia, ordena oficiar a la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); así mismo notificar al representante de “PIZZAS ANTONIO C. A” a los fines de que procedan las partes a remitir con carácter de urgencia lo solicitado. A tal efecto se abre un lapso de ocho (8) días de despacho, vencidos los cuales se abrirá el lapso de observaciones si se consignan las pruebas de ocho (8) días de despacho, vencidos estos se inicia el lapso para sentenciar previsto en el artículo 277 ejusdem. Cúmplase.


ANA BEATRIZ CALDERON SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR

ROLANDO JOSE RODRIGUEZ CAMARGO
EL SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado se libraron oficios N° 2471-09.

EL SECRETARIO
Exp.1803
ABCS/anamaria