REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, uno de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: SP01-L-2009-000378
En el día hábil de hoy, primero (01) de julio de 2009, siendo las 10:30 a.m., se deja constancia que comparecieron el demandante ciudadano DEYBIS YIMERSON ESTEVES BUSTAMANTE, identificado con cédula de identidad N ° V- 17.931.652, asistido por la abogada MILAGROS ANDREU SUÁREZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 67.059, asimismo la parte demandada ciudadano PEDRO CASTIBLANCO BECERRA, identificado con cédula de identidad N° V- 5.679.875, debidamente asistido por la abogada GLORIA ESTHER DÍAZ RIVAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 71.668 por ante este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada pagará al ciudadano DEYBIS YIMERSON ESTEVES BUSTAMANTE, identificado con cédula de identidad N ° V- 17.931.652, la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 850, 42) los cuales serán pagados en cheque N° 80481337 librado contra el Banco Venezolano de Crédito en este mismo acto, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del mismo, por prestaciones sociales ni por ningún otro concepto laboral. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedarán a deberse, por concepto de la relación laboral, ni por ningún otro concepto derivado de ella. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Una vez que conste el pago efectivo se ordenará el archivo del expediente. Asimismo se hace entrega en este acto de las pruebas aportadas por ambas partes al inicio de la Audiencia Preliminar.
EL JUEZ TEMPORAL


ABOG. MIGUEL ÁNGEL COLMENARES LA SECRETARIA


Los Presentes, ABG. LINDA FLOR VARGAS