REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 11 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-002006
ASUNTO : SP11-P-2009-002006

Visto el escrito presentado por el Abg. HENRY ALEXANDER RONDON, Fiscal 25ero del Ministerio Publico, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE HIDROCARBUROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha 16-05-2009 ocurrieron los hechos tal como se evidencia del acta suscrita por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional de Venezuela que riela al folio 02 y 03 de las presentes actuaciones. Como consecuencias del acta se dio inicio a la presente investigación
Corre agregado las siguientes diligencias:
• Acta policial de fecha 16-05-2009
• A los folios 10 y 11 corre agregada Orden de allanamiento expedida por el tribunal Segundo de Control

Ahora bien, analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa, concluye quien aquí decide que el hecho objeto del presente proceso, es decir, la presunta comisión del delito Contrabando de Hidrocarburos, que constituirá el objeto del proceso no se realizo, ya que de las diligencias de investigación realizadas por los órganos de investigación no se evidencio la comisión de delito alguno, por lo que este Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdum. Y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de San Antonio del Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el Sobreseimiento de la presente Causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.



El Juez

El Secretario

Abg. Karina Teresa Duque Durán