San Cristóbal, 22 de Julio de 2009.

Visto el oficio suscrito por el ABG. EDUARDO DELGADO Delegado Municipal San Cristóbal, mediante el cual remite copia certificada de las presentaciones que cumplió allí el penado CORTES CIHORGEN JANNER, en virtud de dar cumplimiento al beneficio de confinamiento que se le otorgo por el lapso de 2 meses y 14 días.
En consecuencia, procede declararse el cumplimiento total de la condena impuesta, así como la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena de penado, y así se decide:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto a el ciudadano CORTES CIHORGEN JANNER, por el delito APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTES DE HURTO O ROBO. En consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio y regístrese su salida.


Abg. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN






Abg.
SECRETARIA.
Exp. 3E-2939