REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
199° Y 150°

San Cristóbal, 10 de julio de 2009

 ACUERDA: RÉGIMEN ABIERTO
 PENADO: CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA
 CAUSA: N° 2E-3529

 Vista la solicitud de Destino a Régimen Abierto del penado: CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 67 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, este Tribunal pasa a resolver bajo las siguientes consideraciones:


I
 PRIMERO: Corre inserta decisión del Tribunal Primero de Juicio, en la cual condeno al imputado CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA a la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISION respectivamente y mediante decisión de este tribunal de fecha 29/10/08.

 SEGUNDO: Corre inserto al folio 172 Cómputo de Pena de fecha 09 de Febrero de 2009, en el cual consta que el penado CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA tiene cumplida 1/3 parte de la pena para el beneficio de Régimen Abierto.

 TERCERO: Corre inserto al folio 252 los antecedentes penales del penado CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA, señalando pena de TRES AÑOS por el Tribunal Primero de Juicio, de fecha 29/10/08, que se corresponden con la misma causa que ocupa la atención del Tribunal y UN (1) AÑO por el Tribunal Primero Penal, por lo que según ello si posee antecedentes por causa anterior.

 CUARTO: Corre inserto INFORME TÉCNICO 343 de la unidad Técnica Numero 03, en el que se emite pronóstico DESFAVORABLE y del cual cabe destacar:

PRONOSTICO: Incapacidad para acatar normas socio-legales, presenta recurrencia delictual a causa de las conductas antisociales, frente al delito muestra indiferencia desestimando consecuencias de su conducta infractora, desajustada tolerancia a la frustración, dificultad en el control de impulsos y agresividad manifiesta, desajuste social grave.

CONCLUSIÓN: Infiere opinión DESFAVORABLE sobre la formula solicitada.

II
Al respecto, este Tribunal observa:

 Ahora bien, analizado el Informe Evaluativo que contiene PRONÓSTICO DESFAVORABLE sobre el comportamiento futuro de la penada CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA así como observando y analizado el contenido de dicho informe en todos y cada uno de los aspectos que comprende: la Evolución del Caso y Conclusión, considera este Juzgador, que debe NEGARLE el Destino a Establecimiento Abierto, ya que el mismo no cumple con los requisitos requeridos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.

 En consecuencia, considera este Tribunal improcedente y niega el otorgamiento a DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO al penado CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA en virtud de que no se encuentran satisfechos en forma concurrente los requisitos exigidos por la ley para su otorgamiento. Y así se decide.

III

 Por los fundamentos expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO: IMPROCEDENTE Y NIEGA EL DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO al penado CARLOS JESUS CACIQUE ARDILA, plenamente identificado em autos, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Táchira, por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, notifíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.




ABG. RICHARD ANTONIO CAÑAS DELGADO
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN



Abg. CUSTODIO JOSE COLMENARES CARDENAS
SECRETARIO