REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 2934-07
ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: TANIA BRIGITH NARANJO.
DEMANDADO: ESTEBAN BAUTISTA FERNANDEZ.

En el día de hoy, nueve (09) de julio de 2009, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, siendo las nueve de la mañana (09:00 AM.) los ciudadanos TANIA BRIGITH NARANJO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.632.035 y ESTEBAN BAUTISTA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.142.188, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por REVISION obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano: ESTEBAN BAUTISTA FERNANDEZ, quien manifestó:” Ofrece aumentar la obligación de manutención a la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300°°) y las cuotas extraordinarias a la cantidad de ochocientos bolívares (Bs. 800°°), así mismo a cubrir el 50% de los gastos médicos de mis hijos, cantidades éstas que se seguirán descontando de la nomina ”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana TANIA BRIGITH NARANJO, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con el ofrecimiento efectuado por el padre de nuestros hijos y me comprometo igualmente a cubrir el 50% de los gastos médicos y de medicina”. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de julio de 2009. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

ESTEBAN BAUTISTA FERNANDEZ

TANIA BRIGITH NARANJO

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ