JUZGADO DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN JUAN DE COLON, VEINTITRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-


199º y 150º


Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos DAYMARA LIBETH MENDOZA MEDINA, ANASTACIA DEL CARMEN COLMENARES DE MONCADA Y DARWIN JAVIER AGOSTINI VIVAS, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por la ciudadana NILDA ROSA ESCALANTE DE VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-11.199.626, con domicilio en esta ciudad de San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, debidamente asistido por el Abogado NESTOR OSIRIS RUEDA GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-8.090.807, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.622, y a favor de sus hermanos NICOLINO ESCALANTE PEREZ, NELIDA ESCALANTE PEREZ y LEONARDA ESCALANTE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N° V-11.199.625, V-14.471.773 y V-14.019.303, en el cual exponen que el día 21 de Febrero del 2009, falleció en la ciudad de Caracas la ciudadana NILDA ROSA PEREZ PEREZ, quien era venezolana, Soltera, con cédula de Identidad N° V-4.276.812, y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 419 expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Caracas