REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES
Juez Ponente: GERSON ALEXANDER NIÑO
Visto el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE GREGORIO BLANCO VERA, con el carácter de representante judicial de la víctima ciudadano JOSE JAVIER MEDINA CUELLAR, contra la decisión dictada el 30 de junio de 2009, por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó conforme al artículo 318, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, el sobreseimiento de la causa seguida a los ciudadanos YORBIS ALEXANDER MEDINA PEREZ y JAVIER MOISES SANCHEZ MORA, por la presunta comisión del delito de estafa, esta Corte de Apelaciones observa lo siguiente:
Primero: En fecha 30 de junio de 2009, se llevó a cabo ante el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06, de este Circuito Judicial Penal, la audiencia oral, establecida en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; audiencia en la que las partes expusieron sus alegatos y el Tribunal en consecuencia, de conformidad con el artículo 318.2 eiusdem, decretó el sobreseimiento de la causa a favor de los ciudadanos YORBIS ALEXANDER MEDINA PEREZ y JAVIER MOISES SANCHEZ MORA, por la presunta comisión del delito de estafa, dictando en esta misma oportunidad el auto motivado de la decisión impugnada, por lo que quedaron en esta misma fecha legalmente notificadas las partes, y el recurso de apelación fue interpuesto ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal el 08 de julio de 2009, por el abogado JOSE GREGORIO BLANCO VERA, con el carácter de representante judicial de la víctima ciudadano JOSE JAVIER MEDINA CUELLAR, tal como consta del comprobante de recepción de documento; es decir, al sexto día hábil siguiente, contado a partir de la celebración de la audiencia oral hasta la interposición del recurso, tal como se evidencia del control de audiencias correspondientes a los meses de junio y julio de 2009, consignado por el Tribunal a quo.
Segundo: Por cuanto la causa penal se encuentra en la fase intermedia, conforme al criterio vigente sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para la interposición del recurso de apelación, no se computarán los días sábados, domingos, días que sean feriados conforme a la ley y aquellos en los que el tribunal resuelva no despachar. De manera que los cinco (05) días que concede el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, para dicha interposición, transcurrieron así: el primero, el día miércoles 01; el segundo, el día jueves 02; el tercero, el día viernes 03; el cuarto, el día lunes 06 y el quinto, el día martes 07, todos del mes de julio de 2009, tal como se infiere del control de audiencias llevado por el Tribunal a quo. De allí que dicho recurso haya sido interpuesto extemporáneamente, o sea, fuera del lapso previsto en dicho artículo. En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, declara INADMISIBLE el mencionado recurso, de conformidad con lo establecido en el literal “b”, del artículo 437 eiusdem. Así se decide.
DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE GREGORIO BLANCO VERA, con el carácter de representante judicial de la víctima ciudadano JOSE JAVIER MEDINA CUELLAR, de conformidad con lo previsto el artículo 437, literal “b” del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los ________ días del mes de julio del año 2009. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
Los Jueces de la Corte,
GERSON ALEXANDER NIÑO
Presidente-ponente
IKER Y. ZAMBRANO CONTRERAS ELISEO JOSE PADRON HIDALGO
Juez Juez
MILTON ELOY GRANADOS FERNANDEZ
Secretario
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
MILTON ELOY GRANADOS FERNANDEZ
Secretario
Aa-3868/GAN/mq