REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 17 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-001271
ASUNTO : SP11-P-2008-001271
JUEZ DE JUICIO:
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURÁN.
ASUNTO:
SOLICITUD DE AMPILICION DE PRESENTACIONES DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD PARA EL CIUDADANO SERGIO ROLANDO MALDONADO PABON
Visto el escrito recibido por ante este Tribunal el día 12 de Febrero de 2009, suscrito por la Defensa del acusado la ciudadana Abogada Betty Sanguino Pérez, en su carácter de defensora pública del acusado SERGIO ROLANDO MALDONADO PABON, en donde solicita la Ampliación de la Medida Cautelar Sustitiva a la de privación judicial preventiva, decretada en fecha 19 de Noviembre de 2008, y en la cual se libro boleta de libertad en fecha 15 de diciembre de 2008, previo la verificación del cumplimiento de condiciones impuestas por el Tribunal Segundo de control, debiendo de presentarse cada cinco días ante la oficina de alguacilazgo a fin de dar cumplimiento con dicha condición, la solicitud que realiza la defensa del acusado de autos es que la misma sea ampliada a cada mes en virtud de encontrarse el ciudadano fuera de la jurisdicción del Tribunal, este despacho conforme lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal se avoca al conocimiento de la petición, y para resolver hace las siguientes consideraciones:
I
Examinado el escrito presentado por la defensa, se observa que el mismo tiene su fundamento en principios que este Juzgado evidentemente comparte como lo son la presunción de inocencia y afirmación de libertad, en virtud de ello y habiéndose verificado a través de la oficina de alguacilazgo el debido cumplimiento de la condición de presentación del ciudadano cada cinco día ante está jurisdicción, y al observarse que se encuentra pautado el día para 05 de Marzo de 2009, a las 02:00 de la tarde, decreta la ampliación de el régimen de presentaciones impuesta de CADA CINCO (05) DIAS a cada QUINCE (15) DIAS debiendo realizarlo ante la oficina de alguacilazgo de está jurisdicción, así y así se decide.
-II-
Atendiendo las consideraciones anteriormente esbozadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Extensión San Antonio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
ÚNICO: Se revisa la medida cautelar existente sobre el ciudadano SERGIO ROLANDO MALDONADO PABON, ampliándose el régimen de presentaciones impuesta de CADA CINCO (05) DIAS a cada QUINCE (15) DIAS debiendo realizarlo ante la oficina de alguacilazgo de está jurisdicción, al ciudadano Sergio Rolando Maldonado Pabón plenamente identificado en autos.
Déjese copia debidamente certificada del presente auto, notifíquese a las partes,
La Juez Segunda de Juicio,
Abg. Karina Teresa Duque Durán
La Secretaria,
Abg. Douglenys López
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