REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 20 de Febrero de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-003349
ASUNTO : SP11-P-2008-003349


Vista la solicitud formulada por el Defensora Pública abogado WILMER EVENCIO MORA CONTRERAS, en representación de su defendida imputada ZOILA ADRIANA PINTO VERGEL, consignada ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial en fecha 11-02-2009, recibida por el Tribunal en fecha 12-02-2009, mediante el cual requiere ampliación del Régimen de Presentaciones que viene cumpliendo la imputada cada (15) días, por presentaciones una vez cada (45) días, en virtud de que la ciudadana imputada ZOILA ADRIANA PINTO VERGEL, por lo que tiene tres (03) años laborando en esta empresa y no quiere que le afecte su estabilidad laboral, y se le esta dificultando que le concedan el permiso en su lugar de trabajo para poder cumplir con las mismas. El Tribunal para decidir observa:
Único.- En fecha 17-02-2009, se verifico por el sistema y efectivamente se pudo comprobar que la imputada ZOILA ADRIANA PINTO VERGEL ha cumplido cabalmente con lo impuesto por este tribunal.

Este Tribunal, habiendo revisado las presentes actuaciones, considera procedente la ampliación del régimen de presentaciones para la imputada ZOILA ADRIANA PINTO VERGEL, solicitado por el Defensora Pública WILMER EVENCIO MORA, en virtud de que el mencionado imputado hasta la presente fecha, ha demostrado el fiel cumplimiento de la medida cautelar que le fue impuesta; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: UNICO.- ACUERDA la ampliación del régimen de presentaciones de la imputada ZOILA ADRIANA PINTO VERGEL, de una vez cada (15) días, a una vez cada (45) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente a la Oficina de Alguacilazgo y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

EL SECRETARIO

ABG. ESTEBAN RAMÓN QUINTERO