REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

San Antonio del Táchira, 11 de Febrero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-002783
ASUNTO : SP11-P-2006-002783




RESOLUCIÓN
Vista la solicitud formulada por el Defensor Público abogada LORENA RODRIGUEZ FIALLO, en representación de su defendido ciudadano REBELLON PEREZ JOSE LEOPOLDO consignada ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial en fecha 27 DE ENERO DEL ASÑO 2009, recibida por el Tribunal en fecha 3 DE FEBRERO DEL 2009, mediante el cual requiere ampliación del Régimen de Presentaciones que viene cumpliendo el imputado cada ocho (08) días, EN TAL SENTIDO solicita que las mismas sean ampliadas por un lapso prudencial a criterio del Tribunal, en virtud de que el ciudadano REBELLON PEREZ JOSE LEOPOLDO presenta un estado de salud bastante crítico, el cual según informe médico, se señala que el mismo debe cumplir reposo debido a la gravedad de la enfermedad que padece, según informes médicos, el mencionado ciudadano presenta enfermedad coronaria, diabetes gravosa melitas tipo 2 y S7P ACVA de acuerdo al informe médico cardiovascular, suscrito por el médico HUMBERTO RODRIGUEZ, adscrito a la fundación cardiovascular de la ASAMBLEA NACIONAL. El Tribunal para decidir observa:
Primero.- En fecha 04-02-2009 se libró oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que ese despacho informara al Tribunal sobre el Record de Presentaciones del ciudadano JOSE LEOPOLDO REBELLON ZAMBRANO, quien verificó que el imputado se encuentra registrado en el Libro de Control N 1 página N 13, siendo su ultima presentación el día 26-01-2009.
Segundo.- En fecha 9 de Febrero del 2009, , se recibió respuesta de Alguacilazgo sobre el record de presentaciones, anexando la correspondiente copia de registro de las mismas.
Este Tribunal, habiendo revisado las presentes actuaciones, considera procedente la ampliación del régimen de presentaciones para el imputado JOSE LEOPOLDO REBELLON ZAMBRANO,, solicitado por el Defensor Público Lorena Rodríguez fiallo en virtud de que el mencionado imputado hasta la presente fecha, ha demostrado el fiel cumplimiento de la medida cautelar que le fue impuesta; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: UNICO.- ACUERDA la ampliación del régimen de presentaciones del imputado REBELLON PEREZ JOSE LEOPOLDO una vez cada Ocho (08) días, a una vez cada SESENTA DÍAS por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente a la Oficina de Alguacilazgo y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.


El Juez Primero de Control

Abg. Esteban Ramón Quintero

El Secretario