REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 3216-09

ACTO CONCILIATORIO POR OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

OFERENTE: JOSE GREGORIO TARAZONA LOZADA.

OFERIDA: SANDRA DIANETH LEON LAGOS.

En el día de hoy, trece (13) de febrero de 2009, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, siendo las nueve de la mañana (09:00 am.) los ciudadanos JOSE GREGORIO TARAZONA LOZADA, titular de la cédula de identidad Nº 16.233.141 y SANDRA DIANETH LEON LAGOS, titular de la cédula de identidad Nº 15.880.768. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana SANDRA DIANETH LEON LAGOS, quien manifestó:” Que esta de acuerdo con el ofrecimiento efectuado por el padre de su hija y que se compromete a aperturar la cuenta que ordeno el Tribunal, así mismo me comprometo a permitirle que comparta con muestra hija cada quince (15) días”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOSE GREGORIO TARAZONA LOZADA, quien manifestó: “Que me comprometo a depositar con responsabilidad y puntualidad en la cuenta aperturada en Banfoandes, la cuota mensual ofrecida, dentro de los primeros cinco (5) días del mes por anticipado” Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% cada uno de los progenitores En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de marzo de 2009. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

SANDRA DIANETH LEON LAGOS

JOSE GREGORIO TARAZONA LOZADA
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ