REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 06 de Febrero de 2009.-

198º y 149º

Vista la diligencia presentada en fecha 05-01-2009, suscrita por la parte solicitante en el presente expediente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: ORTIZ ORTIZ ANDREINA Y BECERRA MENDOZA JOSE ANTONIO venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº V.-16.230.588 y V.-14.503.606, respectivamente, de este domicilio y hábiles, asistidos por la abogada NEREIDA COROMOTO CASTILLO SUAREZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo el N° 86.756. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaría dos (2) juegos de copias certificadas computarizadas del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto.-



Josué Manuel Contreras Zambrano
EL JUEZ
Norelia Quintero Ferrer
Secretaria Temporal
JMCZ/y.r.-
Exp: 20311-2009
En la misma fecha se libró la boleta para el Fiscal y se entregó a la Alguacil.