REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 26 de febrero de 2009.-
198º y 150º
De la revisión de las actas procesales se observa que en fecha 05 de mayo de 2008 fue admitida la demanda en la presente causa en donde se ordenó la citación de la demandada de autos ciudadana IRIS IRAIMA MALDONADO DELGADO y la del Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente y Familia del Ministerio Público, citación de éste último que consta en el expediente en boleta firmada que corre al folio 10. En vista de que la Alguacila del Tribunal no logró ubicar a la precitada ciudadana en la dirección suministrada por la parte actora, el Tribunal mediante auto de fecha 14 de agosto de 2008 (f. 24), acuerda la notificación de la demandada de autos mediante boleta librada por la Secretaria del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil. En fecha 04 de noviembre del mismo año la Secretaria del Tribunal se trasladó hasta el último domicilio conocido de la demandada de autos a fin de efectuar la notificación conforme al artículo anteriormente señalado y cumpliendo con el procedimiento para la citación de la demandada. El primer acto conciliatorio debió de realizarse en fecha 07 de enero de 2009, en el cual solo asistió la representación fiscal, en la que manifestó que por no encontrarse ninguna de las partes, de conformidad con el artículo 756 Ejusdem, se declare extinguida la causa. Este Tribunal, en virtud que el demandante no asistió al primer acto conciliatorio decretado desde el auto de admisión (f. 6) de fecha 05 de mayo de 2008 de conformidad con lo establecido por el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA y así formalmente se decide. Josué Manuel Contreras Zambrano. El Juez (fdo.). Jocelynn Granados. Secretaria (fdo.). Exp. 19.804. JMCZ/cm.-