GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, DIECIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE.

198º y 149º

Visto el escrito de fecha 27 de Enero de 2009, suscrito por el Abogado JULIO NORBERT PÉREZ VIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-9.129.582, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.440, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Empresa Mercantil BANCO PROVIVIENDA, C.A. BANCO UNIVERSAL, (Banpro), parte demandante, y por la otra los ciudadanos SANDER TONY MOLINA PÉREZ Y WILDER JOSÉ MOLINA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.494.267 y V-10.149.372 respectivamente, (deudores), asistidos por el abogado BEYAMIRA DEL CARMEN MÉNDEZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.162.725 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.141, domiciliado en esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, el cual contiene convenimiento, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.



REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA


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