REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 197° y 148°

ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2008-000537

PARTE ACTORA: BIETTER JOHANNS GARCIA ROCHA, identificado con la cédula Nro.V-12.945.839.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ inscrito en el Impreabogado bajo el Nro.97.378.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL SIMAT C.A., representada por TINA SARCINELLI identificada con la cédula Nro.5.659.092

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS ALBERTO LABRADOR inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.14.245.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 12 de enero de 2009, siendo las 2:30 de la tarde, oportunidad fijada para celebrar la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal continúa la misma con la presencia de la parte actora ciudadano BIETTER JOHANNS GARCIA ROCHA, identificado con la cédula Nro.V-12.945.839., asistido por el coapoderado judicial abogado JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ inscrito en el Impreabogado bajo el Nro.97.378., y por la parte demandada la apoderada TINA SARCINELLI PELLIZARI, identificada con la cédula Nro. 5.659.092, asistida por el abogado JESUS ALBERTO LABRADOR inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.14.245. Acto seguido ambas partes a los fines de dar por terminado el proceso realizaron el siguiente acuerdo: la parte demandada ofrece como monto único a cancelar la suma de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000,oo) pagaderos en efectivo, en la sede del Tribunal para el día 13 de enero de 2009 a las 8:30 de la mañana. Por su lado la parte actora acepta la propuesta efectuada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Seguidamente el Tribunal visto el ACUERDO REALIZADO ENTRE LAS PARTES LO HOMOLOGA, y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo dispuesto por el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento cabal de la obligación. Ambas parte reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS

La Parte Demandante, Parte Demandada,





La Secretaria,

Abog. Lisbeth Pineda.