REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS IDNEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 14 de enero de 2009.
198º y 149º

Por recibida comunicación Nº 20-FXV-278-08, constante de cinco (5) folios útiles, procedente de la Fiscalía XV para Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del estado Táchira; inventaríese, désele entrada y curso de Ley correspondiente; por cuanto se observa que no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley, se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada a favor del niño …. En tal virtud, visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado en el acta de fecha 13 de noviembre de 2008, entre los ciudadanos: LAURA YERALDYN TORRES SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.554.947 y domiciliada en Puente de Oro, vía a Rubio, escaleras parte baja, Finca Tres Estrellas, Municipio Libertad y JUAN CARLOS ARIAS JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.379.509 y domiciliado en el Barrio 23 de enero, parte baja, pasaje la Chinata, casa A-18, Municipio San Cristóbal; por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrense boletas de notificación a las partes y remítase la del obligado al Juzgado Distribuidor de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, a fin de que realice su notificación. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas y oficio.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº ____________-09, se notificó al Fiscal _____ del Ministerio Público, se libraron boletas y oficio N° 3140-______. Quedó registrada la anterior decisión bajo el N° ______, siendo la (s) ___________.

Exp. Nº -09
Mcmc
Va sin enmienda.