REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 921-01

ACTO CONCILIATORIO POR REVISION (AUMENTO) DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

DEMANDANTE: MARIA CONCEPCION HERRERA.
DEMANDADO: JOSE ESTEBAN BLANCO BUITRAGO.

En el día de hoy, siete (07) de enero de 2009, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de manera voluntaria los ciudadanos MARIA CONCEPCION HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº 9.466.052 y JOSE ESTEBAN BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 9.144.911. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOSE ESTEBAN BLANCO, quien manifestó:” Que ofrezco aumentar la obligación de manutención a la cantidad de doscientos ochenta bolívares (Bs. 280ºº) y cuotas extraordinarias para los meses de agosto y diciembre en la cantidad de quinientos sesenta bolívares (Bs. 560ºº), así mismo a otorgar las unidades tributarias que me otorga el componente militar por mi hija, los cuales serán descontadas de la nomina”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARIA CONCEPCION HERRERA, quien manifestó: Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de mi hija y me comprometo a consignar la constancia de estudios y la partida de nacimiento a los fines de ser remitida a Bienestar Social para el otorgamiento de las unidades tributarias” Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de febrero de 2009. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JOSE ESTEBAN BLANCO

MARIA CONCEPCION HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ