REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 2925-07

ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

DEMANDANTE: EMILCEN BARRERA DUARTE.

DEMANDADO: MARCOS APONTE.

En el día de hoy, veintiocho (28) de enero de 2009, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de manera voluntaria, renunciando a los lapsos respectivos en la boleta de citación los ciudadanos EMILCEN BARRERA DUARTE, colombiana, indocumentada, y MARCOS APONTE, colombiano, titular de la cédula de identidad Nº 5.609.068. Así mismo se deja constancia de la asistencia de la ciudadana BLANCA NELLY DUARTE, titular de la cédula de identidad Nº 28.124.470, en su carácter de abuela materna del adolescente Diego Hernando Aponte Barrera. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente una vez discutidas los motivos que conllevaron la presente citación, se llego al siguiente acuerdo: En relación al cuidado del adolescente queda bajo la responsabilidad de los padres, tal como quedo convenido el por ante la Defensoria de Protección del Niño y del Adolescente, en cuanto a la obligación de manutención la misma se suspende definitivamente por cuanto los padres se harán cargo de los gastos de manera voluntaria, solicitando al Tribunal se cierre la presente causa y su archivo, así como el cierre de la cuenta de ahorros aperturada en Banfoandes”. Es todo. En este estado el tribunal acuerda según lo expuesto por las partes, archivar el expediente y ordenar el cierre de la cuenta de ahorros que ordeno aperturar en Banfoandes.En virtud del acuerdo suscrito entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA


MARCOS APONTE

EMILCEN BARRERA DUARTE

BLANCA NELLY DUARTE

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ