En el día hábil de hoy, quince (15) de enero de dos mil nueve (2009), siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes a la celebración de la Audiencia Preliminar, quienes no comparecieron ni por sí, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO seguido por el Ciudadano DELVIS JESÚS LEAL VERA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 15.434.965, contra el Ciudadano WILLIAM GILDARDO CORREA VILLA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 14.784.606, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y en consecuencia TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149° y 198°

La Jueza,


Abog. Liliana Duque Rosales