En el día hábil de hoy, Quince (15) de Enero de 2009, siendo las 10 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, las apoderadas de la parte codemandada HIDROLÓGICA DE LA REGION SUROESTE (HIDROSUROESTE) las abogadas MARIOHR DEL CARMEN PACHECO SOTILLO y LUZ MARY RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-15.980.190 y V-11.495.587 en su orden, con Inpreabogados Nros.112.341 y 83.749 respectivamente, tal como consta en poder otorgado ante la Notaria Pública Quinta de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 14 de agosto de 2.006, anotado bajo el Nro.62, tomo 207, que se encuentra agregado a los folios 57 y 58 del expediente, las apoderadas judiciales de la parte demandada REYMA C.A. los abogados NORMA ALEJANDRA BERMUDEZ URDANETA y JUAN AGUSTÍN RAMÍREZ MEDINA, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-15.059.940 y V-12.226.030 en su orden, con Inpreabogados Nros.124.833 y 71.471 respectivamente, tal como consta en sustitución de poder de fecha 23 de octubre de 2008 que se encuentra agregado a los folios 65 al 68 del expediente, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante JESÚS ATILIO MOLINA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.121.926, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por el ciudadano JESÚS ATILIO MOLINA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.121.926, contra la empresa REYMA C.A. en la persona de su representante legal ciudadano NELSON MONCADA SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V- 9.032.217 y la Empresa HIDROLÓGICA DE LA REGION SUROESTE (HIDROSUROESTE), en la persona de su Presidente, Coronel JACINTO ARTURO COLMENARES MORALES, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V- 3.073.681, por Prestaciones Sociales. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ


ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO.