JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiocho de Enero de dos mil nueve.

198º y 149º

Vista la diligencia de fecha 26 de enero de 2009, suscrita por el ciudadano ANTONIO JOSÉ CARRASQUERO, con el carácter acreditado en autos, asistido por el abogado RODRIGO RIVERA MORALES, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por el ciudadano ANTONIO JOSÉ CARRASQUERO, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, Ingeniero Electricista, titular de la cédula de identidad N° 3.191.250 y hábil, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INGENIEROS TÉCNICOS PROFESIONALES COMPAÑÍA ANÓNIMA (I. T. P. C. A.), inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 125, Tomo 98-A, de fecha 14 de noviembre de 1972, domiciliada en San Cristóbal, conforme consta de participación inscrita en el Registro de Comercio que llevo el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Táchira, bajo el N° 27 en fecha 27de febrero de 1974, y conforme a reforma total de sus Estatutos Sociales inscrita en el Juzgado antes citado, bajo el N° 37 en fecha 04 de abril de 1974, bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos a la Sociedad Mercantil INGENIEROS TÉCNICOS PROFESIONALES COMPAÑÍA ANÓNIMA (I. T. P. C. A.), sobre unas mejoras, construidas sobre un terreno de mayor extensión de su propiedad, y según lo manifestado por el solicitante en su escrito de solicitud, propiedad que consta de documento autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, el 30 de septiembre de 1993, asentado bajo el N° 35, Tomo 285, ubicado en la Urbanización El Carrascal, en la vía La Autopista San Cristóbal,- La Fría, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, constituidas por un Galpón, con paredes de bloque, con un perímetro de 800 metros cuadrados (20 x 40 metros), bajo los siguientes linderos: NORTE: en 20 metros, con terrenos que son de la Sociedad Mercantil INGENIEROS TÉCNICOS PROFESIONALES COMPAÑÍA ANÓNIMA (I. T. P. C. A.), y fueron de José A. Carrasquero y traspasados al Banco Italo Venezolano; OSTE: en 40 metros con futura avenida POM-POM; y ESTE:: en 40 metros, con terrenos que son o fueron de José A. Carrasquero y traspasados al Banco Italo Venezolano. Según lo declarado por los testigos TITO LIVIO GARCÍA CASANOVA y HENRY ALEXANDER MARTÍNEZ MEDINA, quienes respondieron afirmativamente al interrogatorio al cual fueron sometidos; y según lo manifestado por los solicitantes monto estimado e invertido en las mejoras es la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 80.000, 00). De conformidad con lo ordenado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho a terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.

LA JUEZ TEMPORAL,


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,


ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.