REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, 08 de Enero de 2009

198° y 149°

Recibida por distribución, constante todo de Treinta y Cinco (35) folios útiles el escrito y los recaudos correspondiente Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud presentada por el ciudadano ZAMBRANO PORRAS EDGAR JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.211.050, de este domicilio y hábil, asistido por la abogada MARISELA ORRAIZ DE SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.895. Obrando por sus propios derechos y así como también de los ciudadanos ZAMBRANO DE SAJAJU NANCY VIOLETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-3.788.600, ZAMBRANO PORRAS DIANA VIRGINIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-5.652.302, ZAMBRANO PORRAS LILIA MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-5.625.303, ZAMBRANO PORRAS LUIS ALBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-4.001.601, ZAMBRANO PORRAS EDMUNDO ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-3.998.161; ZAMBRANO MONTOYA GAYE NAHIN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-12.301.925, ZAMBRANO MONTOYA MANDY CAROLINA venezolana, mayor de edad, titular de cedula de Identidad Nº V.-12.820.550 y ZAMBRANO MONTOYA ERIN CRISTIN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-16.563.608, en sus condiciones de hijos los seis (06) Primeros nombrados y nietas las tres (03) ultimas nombradas del causante ZAMBRANO FRANCISCO RAMON.
Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de las declaraciones de las ciudadanos LEDA BELQUI MORA PERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-2.885.988 y YAJAIRA ELIZABETH COLMENARES ONTIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-5.684.966, respectivamente, domiciliadas en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
Vista el Acta de Defunción N° 025 de fecha Siete (07) de Febrero de 2009 expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, perteneciente al de Cujus ZAMBRANO FRANCISCO RAMON, quien fuera venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-171.842.
Vista igualmente las Partidas de Nacimiento signadas con los 01) Nº 135, perteneciente a la ciudadana NANCY VIOLETA ZAMBRANO DE SAJAJU, (hija del causante); 02) N° 770, perteneciente a LUIS ALBERTO ZAMBRANO PORRAS, (hijo del causante); 03) N° 323, perteneciente a EDMUNDO ANTONIO ZAMBRANO PORRAS, (hijo del causante); 04) N° 970, perteneciente a DIANA VIRGINIA ZAMBRANO PORRAS, (hija del causante); 05) N° 201, perteneciente a LILIA MARIA ZAMBRANO PORRAS, (hija del causante); 06) N° 1425, perteneciente a EDGAR JOSE ZAMBRANO PORRAS, (hijo del causante); 07) N° 495, perteneciente a GAYE NAHIN ZAMBRANO MONTOYA, (nieta del causante); 08)N° 2029, perteneciente a MANDY CAROLINA ZAMBRANO MONTOYA, (nieta del causante); 09) N° 2984, perteneciente a ERIN CRISTIN ZAMBRANO MONTOYA, (nieta del causante);
Así como también copias fotostáticas de las cedulas de Identidad de cada uno de los prenombrados ciudadanos y la copia Fotostática Simple del Certificado de Solvencia de Sucesiones.

Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara suficiente para asegurarle a los ciudadanos ZAMBRANO PORRAS EDGAR JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.211.050, ZAMBRANO DE SAJAJU NANCY VIOLETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-3.788.600, ZAMBRANO PORRAS DIANA VIRGINIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-5.652.302, ZAMBRANO PORRAS LILIA MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-5.625.303, ZAMBRANO PORRAS LUIS ALBERTO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-4.001.601, ZAMBRANO PORRAS EDMUNDO ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-3.998.161; ZAMBRANO MONTOYA GAYE NAHIN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-12.301.925, ZAMBRANO MONTOYA MANDY CAROLINA venezolana, mayor de edad, titular de cedula de Identidad Nº V.-12.820.550 y ZAMBRANO MONTOYA ERIN CRISTIN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-16.563.608, respectivamente, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en el carácter de hijos los seis (06) Primeros nombrados y nietas las tres (03) ultimas nombradas del causante ZAMBRANO FRANCISCO RAMON quien falleció EN VEREDA 1 nº 0-34 Barrio Sucre Parroquia Pedro Maria Morante de esta Jurisdicción, el día Veintiséis (26) de Enero de 2007, según consta de acta de defunción arriba señalada. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-


Josué Manuel Contreras Zambrano
EL JUEZ
Norelia Quintero Ferrer Secretaria Temporal
JMCZ/y.r.-

Exp: 5437-2009

En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


La Secretaria,