REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 08 de Enero de 2009.-

198º y 149º

Recibido por distribución, constante todo de Catorce (14) folios. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: MARTIN AQUILES PAZ PELLICANI Y LENNY MABELLY MENDOZA SOTO venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº V.-3.326.636y V.-8.107.241, respectivamente, de este domicilio y hábiles, asistidos por los abogados JESUS ARMANDO COLMENARES JIMENZ Y NATHALY CAROLINA RAMIREZ VIVAS con Inpreabogado Nº 74.418 Y 122.869. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria dos (2) juegos de copias certificadas computarizadas del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifique al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto.-



Josué Manuel Contreras Zambrano
EL JUEZ
Norelia Quintero Ferrer
Secretaria Temporal

JMCZ/y.r.-
En la misma fecha se libró la boleta para el Fiscal y se entregó a la Alguacil.