REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
SAN CRISTÓBAL, 10 DE DICIEMBRE DE 2009
199 y 150

ASUNTO N° SP01-L-2009-000232

Visto el escrito de fecha 07 de diciembre de 2009, suscrita por la ciudadana ERIKA DEL CARMEN MORA SÁNCHEZ, identificada con la cédula N° V.-15.156.997, asistida por el abogado JONATHAN RAFAEL ARAQUE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.378, Procurador de Trabajadores, por medio del cual manifiesta que la parte demandada MERCAL C.A., le efectúo pago por medio de cheque N° 77166352, girado a su nombre contra la cuenta del Banco Industrial N° 00030012820001209373, de fecha 03 de diciembre de 2009, por la cantidad de Bs. 14.958,70. Asimismo, le hicieron entrega de la autorización para retirar del Banco Fondo Común la cantidad de Bs. 8.788,99, correspondiente al fideicomiso para un total de Bs. 23.747,61. En consecuencia DESISTE de manera voluntaria y libre de toda coacción de la demanda que incoará contra la empresa MERCADO DE ALIMENTOS, MERCAL C.A.. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial una vez transcurrido el lapso para impugnar el contenido del presente auto.
EL JUEZ,

ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA G.


LA SECRETARIA,

ABOG. LINDA VARGAS Z.

JLCG/LFVZ.