En el día de hoy, lunes siete de diciembre de dos mil nueve, siendo la 2:30 de la tarde, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio MAC FLAVIER ARELLANO CHACÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.853 quien actúa con el carácter de Endosatario en Procuración de la ciudadana: NERSA AGUILAR; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Carrera 16 de Barrio Obrero, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARIO MALDONADO Y SIMÓN RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes propiedad de la parte demandada, ciudadano: ROGER AMELSHANOER VIVAS, titular de la C.I. N° V-12.281.195, en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN se sigue en el expediente Nº 1.370-2008 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Por cuanto no fue posible ubicar la dirección indicada en el despacho de comisión, solicito a este Tribunal se suspenda la presente ejecución en el día de hoy, es todo”. El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda SUSPENDER la presente ejecución. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 3:30 p.m.

LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,
ABG. MAC FLAVIER ARELLANO CHACÓN

EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ

LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO