En el día de hoy, jueves tres de diciembre de dos mil nueve, siendo las 10:00 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JORGE ENRIQUE WILCHEZ VIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.443, quien actúa con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana: CONSUELO BUSTAMENTE DE SANABRIA, titular de la C.I. N° V-163.969, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 15-56, ubicado en El Pasaje Acueducto, Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se sigue contra CARLINA CASTILLO ORTIZ, titular de la cedula de identidad N° V-10.179.564, en el expediente Nº 5693 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Informo a la ciudadana Jueza Ejecutor de Medidas que la parte demandada desocupó el presente inmueble é hizo entrega de las llaves del mismo, en tal virtud solicito se proceda en este acto a la entrega formal de dicho inmueble, es todo”. En este estado el Tribunal deja expresa constancia que el inmueble se encuentra libre de personas y cosas, y el mismo se observa en mal estado de conservación, presenta filtración en techos y paredes. Seguidamente, el Tribunal procede hacer entrega formal del inmueble al Abogado en ejercicio JORGE ENRIQUE WILCHEZ VIVAS, ya identificado, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 11:00 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,


ABG. JORGE ENRIQUE WILCHEZ VIVAS

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ


LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO