En el día de hoy, miércoles dos de diciembre de dos mil nueve, siendo la 1:30 de la tarde, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadana DORIS DUARTE LÓPEZ, titular de la C.I. N° V-9.207.845 asistida en este acto por la abogada en ejercicio BLANCA V. SÁNCHEZ R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.786, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Apartamento N° 004, Bloque 17, Urbanización Los Teques de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes propiedad de la parte demandada, ciudadana: BERTHA XIOMARA SOSCUM, en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN se sigue en el expediente Nº 6217 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Por cuanto no es posible ubicar bienes propiedad de la parte demandada en este inmueble, solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se suspenda la presente ejecución en el día de hoy, y ordene mantener la presente comisión en este Despacho, es todo”. El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda SUSPENDER la presente ejecución en el día de hoy, y ordena mantener la comisión en este Despacho. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 2:50 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE DEMANDANTE,


DORIS DUARTE DE LÓPEZ
LA ABOGADA ASISTENTE,


ABG. BLANCA V. SÁNCHEZ R.
EL FUNCIONARIO POLICIAL,


CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ


LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO.