REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.


Sentencia Nro. 381 – 09 –804

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Zaida Janneth Buitrago Medina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.463.935, con el carácter de madre de los ciudadanos: JOSÉ LUIS y CRISTIAN JOSÉ PLAZA BUITRAGO.

DIRECCIÓN: Carrera 3, entre calles 9 y 10, Barrio Simón Bolívar, Abejales; Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: José Luis Plaza Mora, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.371.384, con el carácter de padre de los ciudadanos: JOSÉ LUIS y CRISTIAN JOSÉ PLAZA BUITRAGO.

DIRECCIÓN: Calle 10, Nro. 2 – 26, urbanización La Birmania, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.

MOTIVO: Obligación de Manutención

Causa Número: 381 – 02

Fecha de entrada: 10 de enero de 2.002

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 14 de diciembre de 2009, mediante diligencia suscrita y presentada personalmente por la demandante, ciudadana: ZAIDA JANETH BUITRAGO MEDINA, informa a este Tribunal que el beneficiario: JOSÉ LUIS PLAZA BUITRAGO, quien es mayor de edad, ya se graduó de Técnico Superior Universitario en Informática, en el Instituto Universitario Tecnología, Región los Andes. Consigna copia fotostática y sus originales para su vista y devolución de los documentos, donde se desprende que el beneficiario: JOSÉ LUIS PLAZA BUITRAGO, efectivamente egresó de la referida causa de estudios superiores.
CAPÍTULO III
MOTIVACIÓN
De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que el ciudadano: JOSÉ LUIS PLAZA BUITRAGO, egresó como Técnico Superior Universitario en Informática, mención Análisis de Sistemas. Igualmente del acta de nacimiento Nro. 89 que corresponden a: JOSÉ LUIS PLAZA BUITRAGO, se desprende que el mismo nació el día 15 de agosto de 1.988, donde se concluye que para la presente fecha tiene veintiún (21) años, cuatro (4) meses un (1) día, es decir; alcanzó la mayoría de edad, y de igual manera egresó como Técnico Superior Universitario, por lo tanto de conformidad con lo establecido en el artículo 383 se ha extinguido la obligación manutención, es concluyente que el ciudadano: JOSÉ LUIS PLAZA BUITRAGO, no se encuentran dentro de la excepción planteada en el literal b del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y por lo tanto no pueden continuar siendo beneficiario de la obligación de manutención, en tal virtud, decide:
CAPÍTULO IV
DECISIÓN

Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara EXTINGUIDA la Obligación de Manutención que tiene el obligado de autos, ciudadano: JOSÉ LUIS PLAZA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.371.384, con respecto a su hijo, ciudadano: JOSÉ LUIS PLAZA BUITRAGO, en virtud que ha cumplido la mayoría de edad, y no se encuentra dentro de las excepciones que establece el literal b del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda excluido como beneficiario de la Obligación de Manutención.
Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil nueve. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretario
Luis A. Sánchez P.