REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Rubio, Dieciséis de Diciembre de Dos mil Nueve.
199º y 150º

Vista la diligencia suscrita por la Ciudadana: AURIA CELINA RAMIREZ ALARCON, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.009.298, de fecha 04 de Diciembre de 2.009, actuando con el carácter acreditado en autos, quien expuso: “…me dirijo ante este Tribunal para pedir y desistir de la demanda en contra del señor YOFFRY ALEXANDER CONTRERAS PINTO, por Obligación de Manutención, ya que lo poco que he recibido ha sido desde octubre de 2005 a 05-05-2009 y debido a los conflictos personales y polémica y para evitar seguir haciéndole mas daño he decidido renunciar a ese derecho pido que se archive el expediente, cesen los descuentos de nomina a partir de enero de 2010 y le sea cancelada la deuda a partir de Junio a Diciembre 2009.
El Tribunal para decidir observa, que a tenor del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, que señala: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Por las razones antes expuestas ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte al DESISTIMIENTO formulado por la Ciudadana: AURIA CELINA RAMIREZ ALARCON, parte solicitante en la presente obligación de manutención, su HOMOLOGACIÓN, conforme lo establece el artículo 263 ejusdem. Al igual se ordena oficiar al Jefe de la Dirección de Recursos Humanos Sede Administrativa del I.P.A.S.M.E. Caracas y Rubio. Todo en relación al Expediente N° 2235-05 en que AURIA CELINA RAMIREZ ALARCON, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.009.298, demanda al Ciudadano: YOFFRY ALEXANDER CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.462.781, por Obligación de Manutención en beneficio de (omissis).
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.


Abg. ANA RAMONA ACUÑA
Jueza Provisoria



Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
Secretario Titular

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las Dos de la Tarde (2:00 p. m.), déjese copia para el archivo del Tribunal.