JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve (09) de diciembre de dos mil nueve.-
199º y 150º
Vista la diligencia presentada en fecha 08 del presente mes y año, por la co-solicitante ciudadana FRANCY CARVAJAL MONCADA, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ROSSY DAYANA FUENTES JIMÉNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.78.970, mediante la cual consigna copia certificada del acta de matrimonio, en virtud de lo peticionado por este despacho en fecha 03 de junio de 2.009; En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos HECTOR ALEJANDRO GONZALEZ MOLINA Y FRANCY CARVAJAL MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-15.232.024 y V-13.792.332, en su orden, así mismo, de conformidad con lo establecido en el articulo 196 del Código Civil, NOTIFIQUESE al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente y Familia del Ministerio Público del Estado Táchira, por medio de boleta para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los DIEZ (10) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos su Notificación, a cualquier hora de las indicadas para el despacho del Tribunal, a fin de que intervenga en el presente asunto, Acompáñese la boleta con copia certificada del libelo, los recaudos y del presente auto. Certifíquese por secretaría los fotostatos requeridos de conformidad con la norma prevista en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y hágase entrega al ciudadano Alguacil a los fines de que cumpla con la notificación ordenada. Expídase las copias certificadas solicitadas.-
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, a la una de la tarde (03:20 p.m.) Registrada bajo el Nº 1317, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal; y se libró boleta de notificación a la fiscalía, en cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
El Secretario
Deisy F.
Expediente N° 11.746-09.
|