Flor A.
Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, quince de diciembre de dos mil nueve.
199° y 150°
Vista la diligencia de fecha 12 de noviembre de 2009, suscrita por la Abogada MARITZA GUTIÉRREZ RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3632, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil “INMOBILIARIA SAN SEBASTIÁN C.A.” parte demandante, y el Abogado LUIS ENRIQUE GÓMEZ COLMENARES, en su carácter de apoderado judicial de la Unidad Educativa NÁUTICA “ALMIRANTE VASCO DA GAMA” I.E.N.A.V.A.G, parte demandada, en la que la parte demandante DESISTE DE LA DEMANDA y la parte demandada acepta el desistimiento efectuado por la parte actora, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se declara terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.
La Juez Titular

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

Exp. N° 29667