REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 05 de agosto del 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-002192
ASUNTO : SP11-P-2009-002192


Visto el escrito presentado por el Abogado FLOR MARIA TORRES Fiscal (P) 21 del Ministerio Público, quienes solicitan el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR, por el delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha 06-06-2009, ocurrieron los hechos tal como se evidencia del acta Policial suscrita por funcionarios adscrito al Comisaria Policial de RUBIO en la cual dejan constancia de la presente diligencia que se encontraban en labores de inteligencias en el Barrio El Guayabal, segundo inmueble ubicado a mano derecha, fachada de color rosado, porche elaborado en piedras, numero 6-53 Barrio La Palmita Rubio.
Ahora bien, analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa y vista las diligencias practicas. Orden de allanamiento acordada por el Tribunal Tercero de Control la cual consta en los folios 08 se concluye que realizada la misma los funcionarios no encontraron elementos de interés criminalisticos y es por lo que este Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eisdum. Y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.


Abg .KARINA TERESA DUQUE DURAN
Juez de Control Nº 03


SECRETARIO