GADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, once de agosto del año dos mil nueve.

199° y 150°

Ratificadas como han sido las declaraciones rendidas ante la Notaría Pública Quinta de San Cristóbal, Estado Táchira, por los testigos, ciudadanos AMPARO GOMEZ y RAMONA COLMENARES DE AVILA, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el ciudadano OMAR ERNESTO MEDINA PANTALEON, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 6.103.169 y de este domicilio, asistido de la abogada DAISY COROMOTO DURAN IBARRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 62.493, en el cual expone que el día 21 de enero 2009, falleció su madre, ciudadana ROSA ELENA PANTALEON DE MEDINA, quien era viuda, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.557679, según certificación expedida por la DRA. KEILA ROMERO, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 073, expedida por el Registrador Civil del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos OMAR ERNESTO MEDINA PANTALEON, ya identificado e ISABEL TERESA MEDINA PANTALEON, titular de la cédula de identidad N° V-6.008.510, el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS.

De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a los interesados a los fines legales.-


ABG. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL



ABG. MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA