JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce (14) de agosto de dos do mil nueve.

AÑOS: 199 y 150º

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Vista el convenimiento realizado por el demandado, ciudadano EDISON ALEXANDER SALAMANCA GALINDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 24.041.484, asistido por el abogado en ejercicio JESÚS ANTONIO MELO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.962; y aceptado como fue por el abogado EFRAIN JOSÉ RODRÍGUEZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 5.024.067, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.204, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano JAMAL AWAD EL MIRIBI, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 82.144.460; en acta de embargo levantada en fecha 29 de julio de 2009, por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, inserta en el cuaderno de medidas del folio 11 al folio 27; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Por cuanto no queda actuación alguna por proveer se da por terminado el juicio, en tal virtud procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.



Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal

VIANNEY JOSÉ RAMÍREZ LÓPEZ
Secretario
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 1085, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario


DarcyS.
Expediente N° 11.643-09.