GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, catorce de Agosto de dos mil nueve.
199º y 150º
En fecha 02 de Abril de 2005, este Juzgado le dio entrada a la demanda intentada por el Abogado Jerónimo Andrés Domínguez Guillen, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-6.940.621, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 58.917, en la que demanda a la ciudadana AURA ROSA PACHECO JIMENEZ, colombiana, titular de la cédula de identidad Nº E-80.456.721 por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.---------------------------------
En fecha 14 de Julio de 2004, se expidió la respectiva compulsa de intimación y se entregó al Alguacil encargado de practicarla. (fl.06).------------------------------
Este Tribunal, en virtud de que previa revisión de las actas que conforman el presente expediente constató que desde la última actuación procesal realizada por las partes hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año sin haberse efectuado ninguna actuación procesal para impulsar el proceso, se declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:-------------------------------------------------------

“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto del procedimiento por las partes…”

Por las consideraciones precedentes, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre d e la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO.

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR




Iralí Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia y se dejó copia certificada para el archivo del tribunal, siendo la una de la once de la mañana.

Iralí Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria

Exp Nº 29498
made