JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, treinta (30) de abril de dos mil nueve.-
199º y 150º
Recibido previa distribución, constante de UN (01) folio útil Y ONCE (11) folios útiles los anexos. Y visto el escrito presentado por la ciudadana CARMEN JULIANA ANDRADE DE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.095.069, con domicilio en Pregonero, Finca La Perla, Municipio Uribante del Estado Tächira, asistida por el abogado HERMES JOSÉ ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.999.890, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 58.276, en el cual expone que el día 11 de noviembre de 2008, falleció el ciudadano JOSÉ ALÍ PÉREZ RAMÍREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.204.566, a causa de Paro Cardiorespiratorio, Tumor Sigmideo Perforado, según certificación No.901, suscrito por el Doctor Carlos Ramírez No. del M.S.D.S.67.929, tal y como se evidencia de la presentada Acta de Defunción Nº 783, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 09 de diciembre de 2.008; Conjuntamente anexó copias simples de la cédulas de identidad pertenecientes a los ciudadanos JOSÉ ALI PEREZ RAMIREZ, CARMEN JULIANA ANDRADE DE PEREZ, KEYLA JOHANNA PEREZ ANDRADE y JOHANN ALI PEREZ ANDRADE, en su orden, Nos. 4.204.566, 4.095.069, 14.282.070, 14.282.071, las cuales fueron debidamente confrontadas con su original; Copia mecanografiada de Acta de Matrimonio No. 32 expedida por el Registro Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira, de fecha 11 de diciembre de 2.008, correspondiente a los ciudadanos CARMEN JULIANA ANDRADE DE PÉREZ y JOSÉ ALÍ PÉREZ RAMÍREZ; Copia Mecanografiada de Partida de Nacimiento No.333, expedida por el Registro Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira, el siete (07) de junio de 2.007, perteneciente a JOHANN ALI; Copia Certificada de Partida de Nacimiento No.1.591, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, el cuatro (04) de junio de 2.007, perteneciente a KEYLA JOHANNA; Copia Mecanografiada de Acta de Defunción No. 783, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, el nueve (09) de diciembre de 2.008, perteneciente a JOSÉ ALÍ PÉREZ RAMÍREZ; así como Justificativo de testigos No.5300, evacuado por ante el Juzgado Tercero de Los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 23 de Abril de 2.009. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias suficientes para asegurarles a los ciudadanos CARMEN JULIANA ANDRADE DE PÉREZ, KEYLA JOHANNA PÉREZ ANDRADE, JOHANN ALÍ PÉREZ ANDRADE, titulares de la cédula de Identidad Nos.4.095.069, 14.282.070 y 14.282.071, el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido JOSÉ ALÍ PÉREZ RAMÍREZ; y así se decide.-.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.


Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 878, siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Secretario
Deisy F.
Solicitud N° 6897-09.