JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintisiete (27) de abril de dos mil nueve.

AÑOS: 199° y 150°

Vista la diligencia presentada en fecha 24 del presente mes y año, por el abogado ABELARDO RAMIREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 74.441, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante INVERSIONES LOVERA C.A. y el ciudadano ANTONIO RODRÍGUEZ ALBAN, titular de la cédula de identidad No.E-81.641.856, en su carácter de demandado, asistido por el abogado CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ ROSALES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.136.877, que corre al folio 147, en el expediente No.11.540-08; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, al acto de composición voluntaria, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, para lo cual se autoriza amplia y suficiente al Alguacil de este Despacho conforme lo establece el articulo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; y archívese el expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la misma.




Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar
Secretario
En la misma fecha se dictó la anterior decisión a la una de la tarde (01:00 p.m.) quedando registrada bajo el No.871; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Secretario
Exp.11.540-08
deisyF.