Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
199º y 150º
Por auto de fecha 31 de octubre de 2006, se admitió por ante este Tribunal, la presente solicitud y se decretó la separación de cuerpos por mutuo consentimiento realizada por los ciudadanos: JHON CARLOS DUGARTE RONDÓN Y SIRELA DEL CARMEN CASANOVA JAIMES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.178.600 y V-10.179.721 respectivamente, de este domicilio y hábiles.
En fecha 19 de enero de 2009, se libró boleta de notificación al Fiscal XIV del Ministerio Público.
Mediante diligencia de fecha 22 de enero de 2009, el Alguacil del Tribunal expuso que notificó al Fiscal XIV del Ministerio Público, a quien le dejó la boleta de notificación con el secretario de dicha Fiscalía.
Por escrito presentado en fecha 04 de febrero de 2009, la ciudadana Sirela del Carmen Casanova Jaimes, asistida por el abogado Yimmy Ángel Fernández Vargas, solicitó se decrete la conversión en divorcio, y se notifique al ciudadano Jhon Carlos Dugarte Rondón.
Por auto de fecha 12 de febrero de 2009, se acordó notificar al ciudadano Jhon Carlos Dugarte Rondón, para que compareciera al tercer día de despacho a exponer lo que considere conveniente respecto a la solicitud de conversión en divorcio, realizada por la ciudadana Sirela del Carmen Casanova Jaimes, y en la misma fecha se libró la boleta de notificación.
En fecha 30 de marzo de 2009, el Alguacil del Tribunal, expuso que notificó al ciudadano Jhon Carlos Dugarte Rondón, a quien le dejó la boleta de notificación con la ciudadana Aura Rondón de Dugarte.
En fecha 02 de abril de 2009, se declaró desierto el acto de declaración con respecto a la conversión en divorcio, del ciudadano Jhon Carlos Dugarte Rondón
El Tribunal en vista de que ha transcurrido más de un año de haberse decretado la separación de cuerpos y de que no consta en autos algún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al primer aparte del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO, la separación de cuerpos de los cónyuges, ciudadanos: JHON CARLOS DUGARTE RONDÓN Y SIRELA DEL CARMEN CASANOVA JAIMES, antes identificados, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha 22 de octubre de 2005, por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
Liquídese la sociedad conyugal si hubiere lugar a ello, publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Una vez quede firme la presente sentencia, se acuerda remitir copia certificada al Registrador Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a los fines de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio N° 396 de fecha 22 de octubre de 2005 y ofíciese al Registrador Civil Principal del Estado Táchira.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiocho (28) días del mes de abril de dos mil nueve. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.(fdo) EL JUEZ. PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ.(fdo)EL SECRETARIO. GUILLERMO ANTONIO SÁNCHEZ MUÑOZ. (hay sello del Tribunal).
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