REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 06 de abril de 2009.

198º y 150º


En virtud del error contentivo en la sentencia de fecha 15 de mayo de 2008 (fls.14 y 15) en el encabezado de la misma, por cuanto se indicó que el número de cédula de identidad del ciudadano JESÚS EDUARDO RAMÍRZ CHÁVEZ, es No. V-4.211.160, el Tribunal observa:

Textualmente el encabezado de la sentencia expresa: “...Mediante escrito recibido por distribución, los ciudadanos MONCADA DE RAMÍREZ BERNARDA ALICIA y RAMÍREZ CHÁVEZ JESÚS EDUARDO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad No. V-8.094.132 y V-4.211.160...”

Ahora bien, de la revisión de las actas se desprende que el ciudadano JESÚS EDUARDO RAMÍREZ CHÁVEZ es titular de la cédula de identidad No. V-4.632.038, tal como se desprende en copia simple de la cédula de identidad inserta al folio 3, el Tribunal considera pertinente realizar auto a fin de indicar que la cédula de identidad del ciudadano JESÚS EDUARDO RAMÍREZ CHÁVEZ, es V-4.632.038 y no como erróneamente aparece en la sentencia de fecha 15 de mayo de 2008 (fls.14 y 15). Así se decide.

Por lo antes expuesto, el Tribunal deja expresa constancia que la cédula del ciudadano JESÚS EDUARDO RAMÍREZ CHÁVEZ, es V-4.632.038.



Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez Jocelynn Granados
Secretaria

Exp. 19.796
JMCZ/cm.-