JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, seis de Abril de dos mil nueve.-
198º y 150º
Por recibido por distribución constante de un (01) folio útil, con anexos constante de dieciséis (16) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Visto el escrito presentado por los ciudadanos MARIA BENILDE MORA DE MOLINA y GUDILO DE LA MERCED MOLINA MORA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-5.581.577 y V-5.581.578, domiciliados en la Aldea Angelitos, Parroquia Potosí, Municipio Uribante del Estado Táchira y hábiles, asistidos por el abogado JOSE BAUDILIO CARRERO GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.097, en el cual exponen, que en fecha 30 de Mayo de 2008, falleció ab-intestato, en la Aldea Angelitos, caserío Patio Redondo, Parroquia Potosí, Municipio Uribante del Estado Táchira el ciudadano GUDILO DEL CARMEN MOLINA MORA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.901.979, soltero, tal y como consta en el Acta de Defunción N° 04, de fecha 03 de Junio del 2008, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia Potosí del Municipio Uribante, Estado Táchira, acompañado de Justificativos de testigos evacuados por ante el Juzgado de los Municipios Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 16 de Marzo de 2009. Este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles a los ciudadanos, MARIA BENILDE MORA DE MOLINA y GUDILO DE LA MERCED MOLINA MORA, ya identificados, en su condición de padres el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido GUDILO DEL CARMEN MOLINA MORA.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales. Expídase copias fotostáticas certificadas solicitadas.-



REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR


IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA





Elena