REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, veintidós de septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: SP01-L-2008-000654
DEMANDANTE: JUAN DE LA CRUZ CASTRO VELASCO cédula de Identidad Nº V.-6.031.731, domicilio procesal Centro Profesional de Abogados, carrera 2, No. 3.63, sector Catedral, al lado de la Gestoría Universo San Cristóbal, Estado Táchira.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDANTE: MARBELIA COROMOTO MORENO DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 27.120.
DEMANDADA: Empresa “EXPRESOS OCCIDENTE C.A.”, en la persona de su presidente LUIS MONCADA CHAVEZ, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 14 de marzo se 1977. tomo 4-A, domiciliada en la Calle República con Avenida Rotaria, detrás del depósito de Coca-Cola, San Cristóbal, Estado Táchira.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.

En el día de doy, veintidós (22) de septiembre de 2008, siendo las 09:00 de la mañana, la oportunidad para realizarse la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que no se hizo presente la parte actora, ni la parte demandada, por sí ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Táchira, en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas La Secretaria,

Abog. Lisbeth Pineda.