COMISIÓN N° 664-2008
EXPEDIENTE N° 55696
Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios JAuregui, Antonio ROmulo Costa, Seboruco, JosE MarIa Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la CircunscripciOn Judicial del Estado TAchira.- La Grita, Veintidós (22) de Septiembre de Dos Mil Ocho. 198º y 149º.-En el día de hoy, constituido el Tribunal en su sede, recibió al Alguacil de este despacho Luis Alberto Pérez Rivas, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.312.108, quien consignó diligencias relacionada con la comisión de Notificación de los ciudadanos Coromoto del Rosario Moreno Moreno y Nerio David García Moreno, todo inherente a la causa Nº 55.696 de la nomenclatura del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente. Sala de Juicio Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y que textualmente dice: Primera: “El día Viernes diecinueve de Septiembre del presente año, siendo las 12:30 p.m., me trasladé hasta el Barrio Eleazar López Contreras, parte alta, casa S/N, de la población de Queniquea, Municipio Sucre del Estado Táchira para practicar la Notificación Personal a la ciudadana Coromoto del Rosario Moreno Moreno a quien después de haberle leído el contenido de la boleta de Notificación me firmo al pie de la misma, se identifico con el Nro. de cedula V- 14.282.032, recibió copia de la Notificación mencionada, para los fines legales consiguientes. Es todo“. Segunda: “El día viernes 19 de Septiembre del presente año, siendo las 06:30 a.m., me trasladé hasta el Barrio Eleazar López Contreras, parte alta, casa S/N, a una cuadra de la Estación de Servicio de Gasolina de la población de Queniquea, Municipio Sucre del Estado Táchira para practicar la Notificación Personal a el ciudadano Nerio David García Moreno, una vez allí después de tocar en varias oportunidades en su residencia y verificar que no se encontraba vecinos del sector me informaron que lo habían visto trabajando en el caserío La Cañada, me traslade hasta el Comando de la Policía de Queniquea y le solicite la colaboración al Comandante del Puesto encargado C/2 Ramírez, quien muy gentilmente me presto la Unidad y en compañía de él personalmente nos trasladamos hasta el sector de La Cañada donde luego de recorrer varios kilómetros encontramos al ciudadano Nerio David García Moreno para notificarlo y después de haberle leído la Boleta de Notificación me firmo al pie de la misma, se identifico con el Nro. de cedula V- 10.746.610, recibió copia de la Notificación mencionada, para los fines legales consiguientes. Es todo”. Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara legalmente practicada la subcomisión conferida a este despacho por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, todo en concordancia con lo indicado en la Circular Nº 38, de fecha 23-08-2006, emanada de la Rectoría del Estado Táchira. Se hace constar que a las 11:15 minutos de la mañana se remitió lo actuado vía fax al Nº 0276-3434606, correspondiente a la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Habiéndose cumplido íntegramente la diligencia para la que se nos comisionó y no habiendo más diligencias que practicar se acuerda devolver las resultas al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente. Sala de Juicio Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante Oficio de Procedimiento. Déjese copia fotostática Certificada para el archivo del Tribunal; para la elaboración de las fotocopias se comisiona al Alguacil de este despacho. La Juez, (LS) Firma ilegible. Abog. Gloria Lucía Ríos Rendón.- El Secretario, Firma ilegible. Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras.- Diarizado Nº 04.
|