En el día de hoy, martes 23 de Septiembre de dos mil ocho, siendo las 3:15 p.m, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con el ciudadano JUAN CARLOS CONTRERAS JAIMES, titular de la C.I. N° V-10.167.899, asistido por la abogado en ejercicio SOLEDAD LANDINEZ GOMEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.540, quien actúa con el carácter de parte demandante, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Urb. Mérida calle 3 con carrera 6, N° 3-40, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de SECUESTRO DE VEHÍCULO, descrito con las siguientes características: Placa: SAJ 23W; Serial de Carrocería: 8XA53AEB2X5002503; Serial del Motor: 7AH125257; MARCA: Toyota; MODELO: Corolla 1.8 A/T; Año: 1.999, Color: Verde; Clase: Automóvil; Tipo: Sedan; USO: Particular vehículo al cual le corresponde el certificado de registro de vehículo n° 8XA53A53AEB2X5002503-4-1 de fecha 04 de diciembre de 2000, emitido por SETRA, medida esta decretada en el JUICIO que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, se sigue contra el ciudadano FRANCO MANTILLA MARLON ESTHIK, en el expediente N° 33.316, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial MAYKOL YENDER CONTRERAS BUENO, placa 2560. Se encuentra presente el ciudadano FRANCO MANTILLA MARLON ESTHIK, titular de la C.I. N° V-12.974.065, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, quien se encuentra debidamente asistido por la abogado en ejercicio MARIA ALEJANDRA QUINTERO CONTRERAS inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.092. En este estado solicito el derecho de palabra la parte ejecutante ya identificada y concedido como le fue: “Con la finalidad de llegar a un acuerdo amistoso hemos decidido Suspender temporalmente la practica de la medida hasta tanto se verifique el mencionado acuerdo entre las partes. Es todo.” Seguidamente, el Tribunal Visto lo expuesto por la parte demandante Acuerda SUSPENDER la presente ejecución en el día de hoy. Es todo, no siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 4:30 p.m. y prosigue con sus labores. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.
LA JUEZA TITULAR,

ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE EJECUTANTE,

JUAN CARLOS CONTRERAS JAIMES


LA ABOGADO ASISTENTE,

ABG. SOLEDAD LANDINEZ GOMEZ


EL FUNCIONARIO POLICIAL,

MAYKOL YENDER CONTRERAS BUENO
LA PARTE EJECUTADA

FRANCO MANTILLA MARLON ESTHIK
EL ABOGADO ASISTENTE,

MARIA ALEJANDRA QUINTRO CONTRERAS
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MARIA ALEJANDRA MARQUINA H.